viernes, 28 de enero de 2011

judicialización de la EpC

Del Diario de Derecho de la Editorial Iustel

Un juzgado anula el suspenso a una objetora de Educación para la Ciudadanía
28/01/2011

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Madrid ha anulado el suspenso en Educación para la Ciudadanía obtenido por una alumna objetora de conciencia en la asignatura.
La alumna, como objetora, no acudió a clase ni realizó las tareas propias de la asignatura durante el curso pero, al final del mismo, decidió presentarse al examen final haciendo uso de sus derechos escolares.

Aprobó el examen final con un 6,9. Sin embargo, en el impreso del examen se indicaba que, para la nota final de la asignatura, se contabilizaría un 40% de la nota obtenida por el trabajo en clase y un 60% a través de la nota del examen.

La Sentencia establece que este criterio de evaluación "no concuerda exactamente" con los establecidos a principio de curso por el propio instituto, que consideraba suficiente aprobar la asignatura mediante examen final.

El fallo pone de manifiesto que para aprobar en junio sí se tienen en cuenta los trabajos de clase y para hacerlo en septiembre no. "Sería más difícil (por tanto) aprobar la asignatura en junio que en septiembre, lo que no tiene lógica alguna", explica. "No puede ser el examen de septiembre más fácil que el de junio, porque eso sería primar al mal estudiante frente al bueno", ha añadido.

Por estos motivos estima el recurso interpuesto por la familia después de que la Dirección Territorial ratificara el suspenso puesto por el profesor mediante resolución administrativa.

miércoles, 26 de enero de 2011

B16 habla del matrimonio canónico

"El discurso anual del Papa al Tribunal de la Rota Romana con motivo del comienzo del año judicial suele ser enjundioso. Habitualmente versa sobre temas relacionados con el matrimonio, pues aunque esta institución funciona como tribunal de apelación en general, se dedica sobre todo a juzgar litigios matrimoniales"(más información a través de este vínculo).

Creo que el tema viene a cuento de algunas de las sentencias que hemos analizado en el Curso On-Line en fechas recientes. 

viernes, 21 de enero de 2011

el burka y la defensora del pueblo

Según la prensa, la Defensora (en funciones) del Pueblo (en funciones también, porque tal como están las cosas no puede ser Defensora del Pueblo español, sino del agregado de aquellos Pueblos que se integran temporalmente en una unidad política llamada Estado español, fin del paréntesis)  apoya la libertad de las mujeres para llevar burka en España «siempre que sea por voluntad propia y no como un elemento de sumisión al hombre», añadiendo que «otra cuestión» es cuando la limitación del uso se deba a razones de orden público.

Todo lo anterior es una sesuda conclusión de las que se clasifican técnicamente como juicios asertivos o verdades de Perogrullo. Si una mujer por voluntad propia desea vestir el burka y no hay razones de orden público (valga como expresión general) que establezcan legítimas limitaciones a la libertad, es perfectamente legal (la estética es otra cosa)  no solo el burka sino cualquier otra vestimenta que desee, sea o no de significación religiosa.

Pasemos entonces a rizar el rizo para reducir el argumento de la Defensora (en funciones) del Pueblo (que lo es en funciones) al absurdo, al absurdo de una libertad entendida en el modo liberal. ¿Y si la voluntad propia de la mujer es precisamente que el burka sea manifestación de su sumisión al varón? ¿Será usted quien prohíba la libre voluntad de la mujer con burka? Más interesante todavía, ¿puede el Estado democrático sostener legítimamente que las mujeres musulmanas llevan el burka de forma aparentemente libre, porque en el fondo lo hace como elemento de sumisión al varón (paternalismo liberal)?

Hoy es viernes y puede comprobarse que hay versiones y hay originales, cada uno con su propia fuerza. Ella Fitzgerald y  Stacey Kent.

miércoles, 19 de enero de 2011

esa "otra" igualdad que no querían los "amigos" de la igualdad

El TS reconoce a los profesores de religión el derecho a ostentar puestos directivos en centros educativos, así como a ser Jefes del Departamento de Religión y tutores de un grupo de alumnos, teniendo derecho a los oportunos descuentos lectivos. Texto de la sentencia a través de este vínculo.

The revolution will not be televised...

martes, 18 de enero de 2011

igualdad e igualitarismo

De Juan Antonio Sagardoy Bengoechea, Catedrático de Derecho del Trabajo, en ABC de 16 de enero de 2011:

"Corremos el peligro de instalar como norma el igualitarismo que es algo distinto a la igualdad. Y la igualdad no impide (no debe impedir) la diversidad de trato, la pluralidad de comportamientos. Como dice claramente el Tribunal Supremo (St. 4.2.94) «el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española no supone en todo caso un tratamiento idéntico a todos los que se encuentran en una posición semejante, ya que debe entenderse que la desigualdad en sí no es ilegítima, salvo que sea de tal naturaleza que se convierta en discriminación, que es su cara peyorativa» (...) Tenemos que tener bienes, riquezas y medios suficientes para poder practicar, a posteriori, una razonable política de reparto, una implantación sostenible del Estado del bienestar. De lo contrario, corremos el peligro de socializar la pobreza, que es algo en lo que la Historia nos da lecciones que no deberíamos olvidar. Sigo recordando la anécdota de Mario Soares, triunfador con su partido socialista en Portugal, cuando le dijo a su compañero ideológico sueco, Olof Palme, que iban “a acabar con los ricos”, a lo que le contestó éste: “Pues no es buen camino, aquí estamos intentando acabar con los pobres”."

Ver también esto otro "Separados pero iguales en la escuela". Interesante resumen.

lunes, 17 de enero de 2011

¿derecho a la educación? sí ¿libertad de enseñanza? no

Esta es mi conclusión a la vista de lo que parece que se avecina. Y es que en España el Gobierno pretende retirar las ayudas estatales a la enseñanza diferenciada, en un entendimiento discutible, sectario, partidista y miope de la igualdad. Ahora es la enseñanza diferenciada, mañana podría ser la enseñanza privada y pasado mañana las juventudes hitlerianas. A mi esto no me sorprende, casi me pilla cansado. Pero si el Anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación termina prosperando creo que algo serio habrá que hacer (no precisamente dar una soberana paliza a un Consejero de Cultura, eso se lo dejaremos a los violentos... Por cierto ¿no es una forma de violencia atentar contra la enseñanza diferenciada?). Más noticias sobre el Anteproyecto totalitario aquí (noticia de prensa) y aquí (web de un colegio). A este paso, en España habrá derecho a la educación, pero no libertad de enseñanza, lo cual significa que a la postre no habrá ninguna de las dos.

lunes, 3 de enero de 2011

recursos sobre derecho y religión

Como cada año, la Asociación Americana de Facultades de Derecho publica en su Boletín del mes de Diciembre su Sección sobre Derecho y Religión: conferencias, libros, artículos, congresos y recursos en Internet.   Un recurso bibliográfico interesante para quienes trabajan en el Derecho comparado.

domingo, 2 de enero de 2011

+ datos sobre la cristianofobia

23 misioneros asesinados en 2010. 21 cristianos coptos asesinados hace apenas unas horas. Los misioneros, los hermanos coptos, soy yo. El cristianismo es una minoría perseguida en todo el mundo. También en el llamado Viejo Continente. Acabo de leer el Informe plurianual del Observatorio de la Intolerancia contra los Cristianos en Europa. Conocí a varios de sus promotores con motivo de la Mesa Redonda sobre el tema organizada por OSCE hace unos meses. El Informe recoge datos, denuncias (llama la atención comprobar cuántos sucesos lamentables en tantos países) y recomendaciones interesantes.

23 misioneros, 21 coptos. Espero que las agencias internacionales pro-derechos humanos estén a la altura para defender la libertad de esta minoría.