viernes, 18 de marzo de 2011

lautsi contra italia: se hace pública la sentencia de la gran sala

Hoy mismo se ha hecho pública la sentencia Lautsi contra Italia de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Se trata de una cuestión que divide profundamente a la opinión pública y a la doctrina jurídica europeas desde el mes de noviembre de 2009. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según la breve noticia que aparece en la página web del Tribunal, considera que la presencia de crucifijos en las aulas de un colegio de titularidad estatal no infringe el Convenio y que la presencia o ausencia de tales símbolos religiosos es un asunto que entra dentro del "margen de apreciación" de cada Estado parte del Convenio. Como es natural, una vez que pase la ola de alabanzas y críticas, la mirada de los juristas se centrará --una vez más-- en el contenido, alcance y oportunidad del principio jurisprudencial llamado "margen de apreciación de los Estados", que me parece plantea una polémica de alguna forma semejante a la de federalistas-estatalistas en el constitucionalismo norteamericano. Una vez leída la sentencia tal vez recoja aquí alguno de sus párrafos más interesantes.

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